La condición de militar se adquiere al incorporarse a las Fuerzas Armadas bien para realizar el servicio militar o bien de manera voluntaria estableciendo una relación de servicios profesionales tras superar determinadas pruebas de ingreso.
La relación de servicios profesionales puede ser:
• De carácter permanente (militares de carrera)
• De carácter temporal (militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería).
Son militares de carrera los oficiales generales, oficiales y suboficiales que, con una relación de servicios de carácter permanente, forman los cuadros de mando de las Fuerzas Armadas.
Son militares de complemento los oficiales que, con una relación de servicios de carácter temporal completan las plantillas de cuadros de mando de las Fuerzas Armadas.
Son militares profesionales de tropa y marinería los que, con una relación de servicios de carácter temporal, constituyen los efectivos de dicha categoría del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.
Los militares profesionales de tropa y marinería podrán acceder a una relación de servicios de carácter permanente, en las plazas que se determinen anualmente (artículo 96 de la Ley 17/1999 de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas).
Los militares se integran en una estructura de Cuerpos, Escalas y Especialidades según los cometidos y tareas que tengan asignadas dentro de sus respectivos Ejércitos.
Los Cuerpos son los grandes bloques en los que los militares se agrupan de acuerdo a los cometidos que deben desempeñar. Los tres Ejércitos cuentan con sus respectivos Cuerpo General, de Ingenieros y de Intendencia. A ellos, la Armada añade el Cuerpo de Infantería de Marina para atender la singularidad que supone la realización de operaciones anfibias.
Cada uno de estos Cuerpos tiene asignados cometidos y tareas propios en sus respectivos Ejércitos. Las funciones esenciales de los Cuerpos Generales y del de Infantería de Marina son el mando, la preparación y el empleo de la Fuerza y el apoyo operativo. Los Cuerpos de Intendencia se ocupan de la planificación y gestión de los recursos económicos y del asesoramiento en materia financiera. Los de Ingenieros, del asesoramiento, aplicación, estudio e investigación en materias técnicas y científicas específicas de cada Ejército.
Además de estos Cuerpos específicos de los Ejércitos, el Ministerio de Defensa cuenta con otros cuatro, denominados Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas, que son el Cuerpo Jurídico Militar, el Cuerpo Militar de Intervención, el Cuerpo Militar de Sanidad y el Cuerpo de Músicas Militares.
Los miembros de cada Cuerpo se integran a su vez en Escalas (Escala de Oficiales, Escala de Suboficiales y Escala de Tropa) dependiendo del grado educativo exigido para el ingreso en ellas y de las facultades profesionales que tienen asignadas como consecuencia de su nivel de preparación.
Además de los Cuerpos y Escalas establecidos, los militares de carrera se integran en un total de 107 Especialidades fundamentales que les habilitan para el ejercicio profesional en cada campo de actividad concreto (artillería, radar, técnicas aeroespaciales, electricidad, farmacia...).
Cada militar posee, asimismo, unas aptitudes o cualificaciones individuales que le capacitan para el ejercicio de su actividad en determinados puestos orgánicos. Por último, la posesión de un empleo o categoría militar capacita para ejercer la autoridad en el orden jerárquico castrense, así como la que exija el cumplimiento de sus cometidos.
Todos los empleos de suboficial (sargento, sargento primero, brigada, subteniente y suboficial mayor) están encuadrados en la Escala de Suboficiales. La Escala de Oficiales comprende los empleos de alférez o alférez de fragata, teniente o alférez de navío, capitán o teniente de navío, comandante o capitán de corbeta, teniente coronel o capitán de fragata, coronel o capitán de navío, general de brigada o contralmirante, general de división o vicealmirante y teniente general o almirante.
EJERCITO DE TIERRA
CUERPO GENERAL
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Infantería.
b) Caballería.
c) Artillería.
d) Ingenieros.
e) Transmisiones.
Escala de suboficiales.
En la escala de suboficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Infantería Ligera.
b) Infantería Acorazada/Mecanizada.
c) Caballería.
d) Artillería de Campaña.
e) Artillería Antiaérea.
f) Ingenieros.
g) Transmisiones.
h) Helicópteros.
i) Electrónica y Telecomunicaciones.
j) Mantenimiento y Montaje de Equipos.
k) Electricidad.
l) Informática.
m) Automoción.
n) Mantenimiento de Aeronaves.
ñ) Mantenimiento de Armamento y Material.
Escala de tropa.
En la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército de Tierra existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Infantería Ligera.
b) Infantería Acorazada/ Mecanizada.
c) Caballería.
d) Artillería de Campaña.
e) Artillería Antiaérea.
f) Ingenieros.
g) Transmisiones.
h) Apoyo Sanitario.
i) Mantenimiento de Vehículos.
j) Mantenimiento de Armamento y Material.
k) Mantenimiento de Aeronaves.
l) Mantenimiento Electrónico y de Telecomunicaciones.
m) Chapa y Soldadura.
n) Montador Electricista.
ñ) Montador de Equipos.
o) Música.
CUERPO DE INTENDENCIA
Escala de oficiales
En la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
CUERPO DE INGENIEROS POLITÉCNICOS.
Escala de oficiales
En la escala de oficiales del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Armamento.
b) Construcción.
c) Telecomunicaciones y Electrónica
ARMADA
CUERPO GENERAL
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo General de la Armada existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
Escala de suboficiales.
En la escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Administración.
b) Alojamiento y Restauración.
c) Armas.
d) Comunicaciones y Sistemas de Información.
e) Energía y Propulsión.
f) Maniobra y Navegación.
g) Sistemas.
Escala de marinería.
En la escala de marinería del Cuerpo General de la Armada existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Aprovisionamiento.
b) Energía y Propulsión.
c) Maniobra y Navegación.
d) Operaciones y Sistemas.
CUERPO DE INFANTERÍA DE MARINA
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo de Infantería de Marina existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
Escala de suboficiales.
En la escala de suboficiales del Cuerpo de Infantería de Marina existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
Escala de tropa.
En la escala de tropa del Cuerpo de Infantería de Marina existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Infantería de Marina.
b) Música.
CUERPO DE INTENDENCIA
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia de la Armada existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
CUERPO DE INGENIEROS
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo de Ingenieros de la Armada existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
Escala técnica.
En la escala técnica del Cuerpo de Ingenieros de la Armada existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
EJERCITO DEL AIRE
CUERPO GENERAL
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Vuelo.
b) Defensa y Control Aéreo.
Escala de suboficiales.
En la escala de suboficiales del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Protección y Apoyo a la Fuerza.
b) Mantenimiento Operativo.
c) Control Aéreo y Sistemas de Información y Telecomunicaciones.
Escala de tropa
En la escala de tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Protección y Apoyo a la Fuerza.
b) Mantenimiento Operativo.
c) Control Aéreo y Sistemas de Información y Telecomunicaciones.
d) Música.
CUERPO DE INTENDENCIA
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo de Intendencia del Ejército del Aire existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
CUERPO DE INGENIEROS
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
Escala de técnica.
En la escala técnica del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Aire existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Técnicas Aeroespaciales.
b) Telecomunicaciones y Electrónica.
c) Infraestructura.
CUERPOS COMUNES DE LAS FUERZAS ARMADAS
CUERPO JURIDICO MILITAR
Escala de oficiales.
En el Cuerpo Jurídico Militar existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
CUERPO MILITAR DE INTERVENCION
Escala de oficiales.
En el Cuerpo Militar de Intervención existirá una única especialidad fundamental cuya denominación coincidirá con la del cuerpo.
CUERPO MILITAR DE SANIDAD
Escala de oficiales.
En la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad , existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Medicina.
b) Farmacia.
c) Veterinaria.
d) Odontología.
e) Psicología.
Escala de oficiales enfermeros.
Cuya única especialidad fundamental será : Enfermería
CUERPO DE MÚSICA MILITAR