El Artículo 4, de la Constitución dice:
La Bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto con la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales.